Miseria Humana:
Comienza el mes de abril y quienes trabajamos
por honorarios profesionales, nos vemos en la angustiosa pero
impostergable necesidad de cumplir con la declaración anual de
personas físicas ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Estoy obviamente, hablando de la obligación de pagar impuestos
por nuestros ingresos. ¿Pero cuál es el motivo de mi angustia?
(porque obviamente me voy a quejar de algo, de otro modo, no sería
Buitre) Resulta que quienes trabajamos por nuestra cuenta, cargamos
con una lápida muy difícil de levantar. Quienes trabajan en una
empresa y les pagan por nómina, reciben puntualmente su salario,
les hacen los descuentos necesarios (IMSS, INFONAVIT, Impuestos,
etc.) y reciben un dinero que, casi en su totalidad es suyo. Como
complemento, este sueldo no requiere ser declarado cada mes, pues
la empresa se encarga de esta obligación y el causante sólo lo
hará al terminar el año fiscal.
Resulta que los que trabajamos por honorarios profesionales, tenemos
una rutina muy diferente (si es que así se le puede llamar). Primero,
nunca sabemos cuándo vamos a cobrar, si alguien decide contratarnos
nosotros tenemos que empezar un delicado regateo hasta llegar
a un acuerdo por el pago. Acto seguido, nuestro “patrón” (es decir
quien nos contrata) nos empieza a exigir con una presión que nos
hace pensar que en nuestras manos está la vida de un ser humano.
Al entregar el producto de nuestro esfuerzo, aquellos que reciben
ese trabajo, nos hacen sentir que todo estuvo mal, que no cumplimos
con sus expectativas y que realmente no merecemos un pago por
él. Con el rabo entre las patas (expresión tipo “Fox”) y hasta
con vergüenza preguntamos si podemos meter el recibo para cobrar
lo acordado. Y es ahí cuando comienza el calvario, no nos reciben
las llamadas, comienzan una serie de excusas verdaderamente infantiles:
“está de viaje”, “no ha llegado”, “los recibos se presentan sólo
los días 15 y 31 de cada mes, entre 4 y 6 de la tarde”, “el recibo
debe traer 4 copias y una copia del RFC”, “no está usted dado
de alto en nuestro padrón de proveedores”, “no hay quien firme
la autorización” y mil más que no tiene caso mencionar. Finalmente
llega el día anhelado y metemos el recibo de honorarios profesionales,
a través del cual podremos cobrar por un trabajo que realizamos
y terminamos hace casi un mes. Nos dan un contra recibo y nos
indican que la fecha de pago será dentro de 45 días... ¿y mientras
de qué vivimos? Pero eso no es todo, al meter el recibo, nosotros
en menos de 30 días tendremos que pagar los impuestos correspondientes,
aunque no hayamos recibido el pago; pero ante la Secretaría de
Hacienda ese es problema nuestro y no de ellos. Esta situación
se presenta, de manera velada, casi inadvertida en nuestras vidas
o alrededor de ellas, con mucha frecuencia, una educación de derechos
y obligaciones, la cultura del crédito y del compromiso del pago.
Un acuerdo de trabajo, tiene la obligación de ser realizado con
la mayor de las responsabilidades, pero también se adquiere el
derecho a la remuneración. No se está pidiendo limosna, se está
exigiendo el cumplimiento de un pacto previamente aceptado y reconocido...
que no brote la miseria humana... “ya trabajó,
ahora que ese espere” (por no usar otra expresión). |